'En Rengo todos tenían una versión de lo sucedido, existió mucho miedo e incluso presiones, situación que también generó un profundo daño en la familia de la víctima. Sus padres y algunos de sus hermanos han fallecido sin saber realmente lo que ocurrió con la joven', señaló el jurista.
Según consta en la querella el 2 de octubre de 1978, se informó tanto en la prensa local y nacional sobre el hallazgo de los cuerpos sin vida de una pareja de jóvenes producto de un volcamiento en la Carretera Panamericana Sur con el cruce de Rengo. Después de tres décadas de los hechos y durante varios años se ha podido establecer que el 1 de octubre de 1978, Ana Jeanette González Moena y su amigo Fernando Enrique Guevara Mardones murieron por estallido cerebral por herida de bala facial, según se consigna en los respectivos Certificados Médicos de Defunción del Instituto Médico Legal.
El Consejo Superior de la Corporación Nacional de Reparación y Reconciliación,(CNRR), fundado en información confidencial que le fue proporcionada - llegó a la convicción de que los disparos que ocasionaron la muerte de ambos fueron efectuados por un funcionario de Carabineros, de la Comisaría de Rengo. La muerte de la joven fue para evitar que lo delatara y actuó amparado por otros efectivos de la institución.
Considerando los antecedentes reunidos, el Consejo Superior estimó que la muerte de González y Guevara fue producto de un abuso de poder cometido por un agente del Estado que actuó por motivos particulares, al margen de sus funciones y sin haber sido sancionado legalmente por este hecho. Por tales razones, los declaró víctimas de violación a los derechos humanos.
Comunicaciones FASIC