Actualizado :
martes, 1 mayo 2001





Derechos Humanos en Chile

BALANCE 1998


1. PRESENCIA DEL GENERAL (R) A. PINOCHET

Hace 25 años que Augusto Pinochet Ugarte dio el golpe militar que derrocó al presidente constitucional de la época Salvador Allende, y han transcurrido igualmente 9 años desde que debió abandonar la jefatura de la Nación. Sin embargo, 1998 está marcado radicalmente por su persona.
La presencia y gravitación del ex dictador en nuestra convivencia nacional ha resultado tan indiscutible como inevitable durante 1998, que nuestro proceso de transición a la democracia, así como las formas y estilos de nuestras relaciones sociales, que se habían dibujado durante ese período, han sido puestas bajo un severo signo de interrogación.
Como nunca, en 1998 han quedado al desnudo, en forma dramática, nuestras falencias, imperfecciones, heridas, llagas, divisiones e incomunicaciones, cultivadas al amparo de la dictadura militar.
Si pudiéramos hacer un paralelo con otras situaciones históricas en otras latitudes, tendríamos que decir que a los chilenos se nos cayó el “muro” en 1998, surgiendo el país real, ese que estaba oculto por mantos (de impunidad) de variados colores, prolijamente tejidos en los talleres de los artífices de nuestra transición.
1998 irrumpió golpeando con fuerza nuestro ambiente político, el cual se encontraba ya caldeado por los anuncios del ex dictador de asumir como senador vitalicio una vez que hiciera abandono de la comandancia en jefe del Ejército.
En efecto, un grupo de diputados de la coalición política gobernante, presentó en su contra, los primeros días de enero, una acusación constitucional, acusándolo de haber comprometido gravemente la seguridad y el honor de la Nación, mientras se desempeñó como comandante en jefe del Ejército.
Tal iniciativa provocó uno de los conflictos más resonantes al interior de la coalición política gobernante y, en especial, en el partido Demócrata Cristiano, entidad que se dividió profundamente entre los que apoyaron la acusación y quienes estaban por rechazarla,estos últimos apoyados soterradamente desde La Moneda.
En uno de los episodios más lamentables y bochornosos de la historia política contemporánea, dicha acusación fue rechazada en la Cámara de Diputados, no obstante que los sectores democráticos contaban con mayoría para aprobarla, pero debido a que una decena de diputados de la Democracia Cristiana, encabezados por el presidente de ese partido, Enrique Krauss, y dirigida en la Cámara Baja por el diputado Ignacio Walker, se aliaron con la oposición política pinochetista para votar en contra de la acusación. De esta forma, Augusto Pinochet logró sortear con éxito y transformar en un triunfo político el fracaso de la única iniciativa que posibilitaba de que fuera sometido a un juicio político.
En el mundo de los derechos humanos quedó la clara percepción que al interior de la Concertación de Partidos Por La Democracia, existían sectores claramente comprometidos con la impunidad absoluta de Pinochet, y que dicho compromiso develaba la existencia de acuerdos explícitos o implícitos, pactados secretamente con el poder militar, a fin de asegurar, entre otros aspectos, que el ex general no sería tocado.
Aunque una y otra vez los operadores de la transición han negado cualquier pacto con los militares en ese sentido, los hechos han ido demostrando, en forma cada vez más evidente, que él existe y tiene la suficiente fuerza para imponerse por sobre la voluntad de la mayoría nacional.
Más aún, todo indica que uno de los aspectos más relevante de tal pacto dice relación con los problemas pendientes en materia de violaciones a los derechos humanos, donde la justicia, al parecer, ha sido sacrificada en aras de una pretendida “estabilidad” del proceso.
En marzo, Pinochet se transformó nuevamente en el principal actor político del país.
Hizo abandono de su cargo de Comandante en Jefe del Ejército traspasando el mando, después de un complejo y negociado proceso de reestructuración del alto mando del Ejército, al general Ricardo Izurieta, quien apareció como el candidato buscado por el Ejecutivo para la sucesión del ex dictador. Así, por lo menos, fue la lectura que se hizo desde la Moneda a dicho cambio. Tras estudiados y prolijos actos, cargados de simbolismos, el soldado “más antiguo” del mundo concluyó su carrera militar, no así su protagonismo en el quehacer nacional.
En efecto, de inmediato, asumió como senador vitalicio en el Congreso Nacional, tal como lo había diseñado en su Constitución y a fin de no quedar al descubierto de protección jurídica ante cualquier intento de llevarlo a la justicia,.
Después de algunos gestos de repudio, que sonaron más que todo a desahogo, la clase política concertacionista aceptó la presencia del ex dictador en su nueva función y comenzó a hacerse el ánimo de acostumbrarse a sus nuevas funciones en el Congreso.
Muchos pensaron que su permanencia allí sería más simbólica que real y que poca o nula gravitación tendría en el rodaje político del Congreso.
Se equivocaron una vez más.

En víspera de un nuevo aniversario del golpe militar, y teniendo en cuenta que se cumplían 25 años desde su ocurrencia, comenzó a gestarse un ambiente social cargado por las tensiones y emociones que la reminicencia dicha fecha provoca en el país. Esta vez, con la carga adicional de lo que significaban 25 años de tiempo transcurrido y la circunstancia que Pinochet ya no era comandante en jefe del Ejército.
El gobierno, preocupado por el clima de agitación que el mes de septiembre ha creado en nuestro país, y buscando aquietar un clima de protesta que se venía gestando, impulsó la iniciativa de suprimir como feriado legal el 11 de septiembre, instaurado durante la dictadura. Para ello, envió un proyecto de ley al Congreso, no sin antes sondear la posibilidad de que esta vez, en el Senado, donde la oposición es mayoría, encontrara algunos votos en ese sector que le permitieran aprobar la iniciativa.
En estas circunstancias surgió, una vez más, la figura del ex general como determinante para lograr un acuerdo entre oposición y gobierno que permitiera poner fin a ese feriado que tantos quebrantos ha provocado entre los chilenos.
Una vez más, la intervención de Pinochet fue decisiva para ello, quedando demostrado de paso, que tras su persona, la oposición de derecha se alineaba incondicionalmente.
El País pudo ver esas imágenes de Pinochet y el Presidente del Senado en la testera de la Cámara Alta sellando solemnemente ese acuerdo, fruto del cual nació, seguramente para tener corta vida, un nuevo feriado nacional: el día de la unidad nacional, engendro típico de nuestra transición que a nadie representa y que tampoco responde a las características de nuestra convivencia nacional.
Nuevamente la clase política, salvo algunas voces disidentes, se congratuló a si misma, por el “notable éxito” alcanzado.
Los actos conmemoratorios del golpe militar mostraron, una vez más, a pesar de los esfuerzos por bajar presión a esa fecha, que aún existían serios problemas pendientes en materia de violaciones a los derechos humanos ocurridas durante la dictadura militar.
La represión a las protestas callejeras nuevamente arrojó víctimas fatales: esta vez, una joven universitaria. Por cierto, hasta ahora no ha sido posible que los tribunales establezcan las responsabilidades por dicha muerte.
Todo indicaba que superado ese nuevo aniversario, el país entraría de lleno en la dinámica electoral, y la agenda estaría fundamentalmente marcada por dicho evento y los avatares de los candidatos a la presidencia.
Sin embargo, a mediados de octubre Chile se vio sacudido por una noticia que no estaba en los cálculos de nadie y que sorprendió a todos: el arresto del general ® Pinochet en Londres.
Sobre el particular, es necesario hacer un poco de historia.
Hace aproximadamente dos años, en España se dio inicio a una investigación judicial de carácter preliminar a fin de establecer la responsabilidad penal que le pudiera caber al ex dictador en delitos calificados de lesa humanidad, cometidos en Chile y en el extranjero, mientras detentaba el poder total.
La iniciativa había sido promovida por una denominada Asociación de Fiscales Progresistas de España, apareciendo como uno de los principales promotores de la misma, el abogado español Joan Garcés, quien había sido una asesor personal del ex presidente Allende. La noticia fue recogida en Chile y procesada en términos anecdóticos, sin darle mayor importancia.
Los gestores de esa acción judicial, sin embargo, encontraron eco en las instancias judiciales españolas y, a pesar de las complejidades jurídicas que el caso planteaba, se dio inicio a una investigación preliminar, teniendo en consideración que, de acuerdo con tratados internacionales suscritos por España, ese país entendía tener competencia para investigar la clase de delitos que se le habían denunciado, no obstante no haberse cometido éstos en su suelo patrio.

FASIC, en ésa época, ya percibió las proyecciones de lo que estaba ocurriendo en la Madre Patria, e hizo presente en sus documentos, la necesidad de dar la mayor atención a ese juicio y hacer un seguimiento muy cercano del mismo.
Se hizo presente la posibilidad de que pudiera librarse incluso una orden de detención internacional en contra de Pinochet, hecho que lo dejaría anclado en el país, sin poder viajar al extranjero.
Las autoridades chilenas no dieron mayor importancia al hecho, limitándose a señalar que los tribunales españoles no tenían competencia en este caso. Era evidente que nuestras autoridades mostraban serias falencias en el conocimiento de la evolución y expansión del Derecho Internacional de los Derechos Humanos.
Mientras tanto, la investigación judicial en España prosiguió su curso y viajaron a prestar declaración señalados testigos que aportaron variados antecedentes de prueba que incriminaban al ex dictador.
Sorprendentemente, viajó también a ese país, el auditor general del Ejército, quien se presentó ante el juez instructor acompañando antecedentes de descargo de Pinochet. Con todo, en Chile, se siguió prescindiendo de ese juicio y las autoridades ignoraron su progresivo desenvolvimiento.
Sólo ello explica que el senador vitalicio haya decidido viajar en octubre al extranjero y más específicamente a Inglaterra, en forma tan desaprensiva.
Al amparo de una presunta comisión diplomática, aparentemente por encargo del Gobierno, Pinochet viajó a Inglaterra investido de la calidad de “Embajador en Misión Especial”, según un Decreto Supremo dictado por el Presidente Frei, no se sabe con certeza si antes o después que ya había emprendido su viaje.
Lo cierto fue que encontrándose en Londres y debido a una crisis de salud, debió ser sometido a una intervención quirúrgica que lo dejó inmovilizado en esa ciudad.
En el intertanto, la justicia española, en conocimiento de la estadía del ex dictador en Inglaterra, solicitó a las autoridades de ese país su detención preventiva a efectos de interrogarlo y solicitar su extradición, solicitud que fue prontamente acogida.
De allí en adelante, se desató en el país una profunda crisis que obligó a todos los sectores sociales, políticos, militares y religiosos a revisar profundamente sus posiciones respecto a la realidad nacional y a asumir posiciones sobre aquellos temas pendientes que habían quedado archivados sin solución.
Un lugar preponderante nuevamente fue ocupado por los temas relacionados con las violaciones a los derechos humanos ocurridas durante la dictadura militar y, en especial, el caso de los detenidos desaparecidos.
El año concluyó sin que existieran definiciones claras en torno a tales materias quedando en evidencia, en todo caso, que con respecto a la situación del senador vitalicio y los temas que lo mantienen retenido en Londres, la instancia política que realmente define los cursos de acción que el Estado de Chile adopta, es el Consejo de Seguridad Nacional, instancia en la cual el poder militar ha impuesto sus iniciativas y lógicas, pasando a ser, de facto, el poder máximo de la nación, en franco menoscabo con la autoridad del Presidente de la República.
El precedente que se ha creado a este respecto, deja en evidencia las precarias posibilidades de avanzar decididamente en el proceso de democratización de la sociedad chilena, puesto que el poder militar ha ido paulatinamente ocupando los espacios que la institucionalidad creada por el ex comandante en jefe del Ejército contempla para ellos, espacios que no son meramente decorativos y que posibilitan que detenten un poder efectivo que no está sometido a la autoridad democráticamente elegida.
En tales circunstancias y si no se plantea un giro radical en las estrategias políticas de los sectores de raigambre democrática, las expectativas futuras en materia de derechos humanos son bastante precarias, si se tiene en cuenta el fuerte compromiso entre el poder militar y la persona de Pinochet, y la debilidad creciente de la autoridad civil.

2. PROBLEMAS AUN PENDIENTES:
Manifestaciones de lo señalado anteriormente lo encontramos por ejemplo en la incapacidad del Gobierno por promover alguna iniciativa legislativa tendiente a modificar la justicia militar, a pesar de existir clara conciencia de la necesidad de ello, y de existir compromisos programáticos en tal sentido.
En la misma linea, resulta incomprensible que aún permanezca en las filas del Ejército su controvertido auditor general Fernando Torres Silva y que no haya existido, por parte de las autoridades ejecutivas, ninguna capacidad para provocar su remoción.
También, en este punto, podemos citar la experiencia vivida a partir de la promulgación de la Ley de Derechos del Detenido, iniciativa inspirada en criterios de derechos humanos, cuya aplicación práctica se vio seriamente dificultada por la persistencia del maltrato policial a los detenidos y, en especial, con respecto a los jóvenes.
El incumplimiento de dicha ley ha llegado a tal punto, que los altos mandos policiales han pedido al Gobierno revisarla, ya que alegan, que con su vigencia, se ha perdido eficacia policial en la lucha contra la delincuencia.
Todo indica que la opción de defensa de los derechos de las personas será sustituido por el concepto de seguridad.
Por último, en este orden de ideas, es necesario hacer presente, por la gran influencia que tiene en la protección de los derechos humanos, el proceso de franco deterioro del derecho a la información que está afectando a nuestra sociedad.
En efecto, el cierre de nuevos medios de comunicación, asfixiados económicamente, ha ido produciendo un proceso de concentración de los mismos en pocas manos, lo que, naturalmente, afecta el pluralismo que debe existir en este campo.
A lo anterior, hay que sumar que aún por varios años se prolonga en el Congreso Nacional la discusión de una iniciativa legal sobre libertad de prensa presentada por el gobierno del ex presidente Aylwin , proyecto que cada vez ha ido sufriendo nuevas modificaciones, sin que pueda predecirse cuando y con qué contenido será puesta en vigencia dicha ley.
En suma, las expectativas no son esperanzadoras en cuanto al avance que nuestra sociedad puede presentar en la protección y promoción de los derechos fundamentales, constatando, además un retroceso evidente en algunos de ellos de singular trascendencia. Quizás si el derecho humano más gravemente deteriorado en el año que pasó, es el derecho a la justicia, y que liga nuestra deuda pendiente en materia de violaciones no resueltas y el despliegue de otros derechos también de capital importancia para el desarrollo del bien común, que incluso respecto a nuestros casos pendientes, se quiere ahogar más allá de nuestras fronteras.

 

II. SECTOR JUDICIAL

 

1. EL TEMA DE LA AMNISTIA

Corte Suprema

Durante 1998 se dictaron varios fallos por la Corte Suprema relativos a la temática de la amnistía.
Conviven fallos en que se le acoge y otros en que se le rechaza.
La explicación para esta situación debiera encontrarse en la composición de la sala que los dictó. En alguno de los casos, todavía susbsiste la composición antigua de la 2 ºSala Penal, con un núcleo duro en favor de la amnistía, como los Ministros señores Dávila, Bañados y Torres Silva. Se trata de sentencias rezagadas que vinieron a ver la luz durante 1998.
Sin embargo, cuando la composición de ésta varía por la presencia de nuevos Ministros, como José L.Pérez Zañartu; Enrique Cury y Alberto Chaigneau tenemos sentencias distintas y la mayoría contraria a la aplicación de la amnistía.
Esta nueva Sala es la que tendrá la responsabilidad de resolver las causas pendientes y las futuras.
Una primera gran conclusión: para la causa de los Derechos humanos ha sido beneficiosa la acción de la nueva 2º Sala.
Entre los aportes jurídicos realizados a través de sus fallos por estos nuevos Jueces debemos mencionar:
- aceptar la vigencia del Derecho Internacional y dentro de éste de los Convenios de Ginebra para hechos acaecidos durante la vigencia del Estado de Guerra en el país.
- asignar al delito de" Arresto Ilegal" la calidad de delito permanente, con lo que se hace inaplicable la aplicación de la amnistía. (Hay que recordar que desde 1992 el 100% de los procesos provenientes de la Justicia Militar vienen con esa calificación jurídica.)
- nuevo criterio respecto de la Cosa Juzgada en materia criminal que exige una doble identidad: del hecho ilícito y del "procesado."
Es bueno señalar, que hoy recién vienen a ser reconocidos los argumentos largamente sustentados por los abogados de Derechos Humanos durante años.
Es honesto decir, también, que no obstante lo importante de estos nuevos criterios jurídicos sustentados, aún suelen dictarse fallos contradictorios por esta nueva Sala. Reconocemos que no es fácil romper con una jurisprudencia mantenida por dos décadas.
Una segunda conclusión: ha quedado demostrado que es posible cambiar los criterios y lo más importante que se atreven hacerlo.

2. INVIABILIDAD DEL JUZGAMIENTO DE PINOCHET EN CHILE:
Uno de los argumentos recurrentes que han hecho valer las autoridades chilenas para rechazar el juicio de Pinochet en España, es la existencia en nuestro país de un proceso judicial en que se investigan las responsabilidades penales del ex dictador.
Se refieren a diecisiete (17) querellas criminales interpuestas en su contra que han sido acogidas a tramitación por el Ministro de Fuero señor Juan Guzmán, respecto de los mismos hechos por los cuales se le intenta juzgar en la Madre Patria.
Con ello, según las autoridades de gobierno, quedaría desmentida aquella afirmación de que en Chile el juzgamiento de Pinochet es imposible.
La circunstancia de existir una investigación judicial abierta tras la interposición de querellas criminales dirigidas en contra del ex Comandante en Jefe del Ejército, no significa y puede significar, en ningún caso, que Pinochet esté siendo juzgado en Chile.
De acuerdo con nuestro ordenamiento procesal penal actualmente vigente, la posibilidad de ejercer la acción penal ante tribunales del crimen, e incluso militares, ha estado siempre abierta para los particulares.
Sin embargo, ello no significa someter a juicio a un imputado. A lo más, lograr que se de inicio a una investigación tendiente a comprobar la existencia del delito y establecer presunciones de responsabilidad respecto de determinada persona.
Ello, en ningún caso implica juzgamiento, sino, una etapa preliminar indagatoria a fin de determinar si existe mérito legal para procesar a una persona por algún delito.
Todas las querellas presentadas en contra del ex general están en esa etapa preliminar de investigación.
De acuerdo con lo que ha sido la invariable conducta de los tribunales con respecto de delitos provenientes de violaciones a los Derechos Humanos cometidas durante la dictadura militar, salvo escasas situaciones muy excepcionales, no han pasado de dicha etapa.
Enjuiciar a una persona significa: formularle cargos, producir la prueba, otorgar instancias para que el acusado se defienda, produzca su propia prueba y, en definitiva, se dicte una sentencia de término condenatoria, o absolutoria, fundada en mérito de la prueba rendida.
Nada de esto es posible que ocurra con Pinochet en Chile.
En primer término, porque los delitos por los cuales ha sido querellado se encuentran cubiertos por el D.L. 2191, de 1978, que dispuso una amplia amnistía para la mayoría de los crímenes cometidos durante el período más represivo de la dictadura; amnistía que invariablemente han aplicado nuestros tribunales.
En segundo lugar porque existe un compromiso de las autoridades civiles de no tocar a Pinochet y su familia, el cual fue impuesto por el poder militar como requisito esencial para traspasar el poder.
Compromiso que ha quedado de manifiesto cuando investigaciones judiciales pudieron haber importunado al ex dictador o algún familiar directo suyo, las que fueron prontamente neutralizadas después que el ejército hizo demostraciones ostensibles de su malestar.
Por último no se puede soslayar que si algún avance en estas investigaciones existiera intervendrá la justicia militar cerrando el camino.

 

III. NIVEL INTERNACIONAL

 

ESTADO DE CHILE

1. AMNISTIA:
A. La Comisión Interamericana de Derechos Humanos de la OEA, he dictaminado por segunda vez la incompatibilidad del Decreto Ley de Amnistía 2.191, de 1978, con las Normas Internacionales asumidas por el Estado Chileno en estas materias.
En efecto, en virtud de la Resolución Nº25-98, de fecha 2 de marzo de 1998 del 98º Periodo de Sesiones, referente a 21 caso de detenidos desaparecidos resolvió:
- Que el D.L: 2191-78 es incompatible con las disposiciones de la Convención Americana sobre DD.HH.
- Que la sentencia de la Corte Suprema de 28 de septiembre de 1990 que declara constitucional y de aplicación obligatoria por el poder judicial el citado D.L. viola la Convención Americana.
- Que los sobreseimientos definitivos dictado en los procesos de cada una de las víctimas agravan la situación de impunidad, violan el derecho a la justicia que les asiste a los familiares de identificar a sus autores, que se establezcan sus responsabilidades y sanciones correspondientes, y obtener reparación judicial.
- Que el Estado Chileno no ha dado cumplimiento a las normas de la Convención Americana al no adaptar su legislación sobre amnistías a las disposiciones de dicha Convención.
Frente al silencio que ha mantenido el Estado de Chile ante las dos Resoluciones dictadas en esta materia por el Organismo Internacional de DDHH. le hemos solicitado un seguimiento de la actuación del Estado Chileno ante sus recomendaciones.

 

ESTADO DEL PERU

1. VIOLACION NORMAS DE UN DEBIDO PROCESO:
Ante la Corte Interamericana de Justicia
B. La denuncia planteada por FASIC a principio de 1994 ante la Comisión Interamericana contra el Estado del Perú por violación a la Convención Americana, y que atañe a la situación de 4 ciudadanos chilenos que purgan severas penas en Perú acusados del delito de Traición a la Patria, fue acogida por dicho organismo.
Con tal efecto presentó a principio de año una demanda contra el Estado del Perú ante la Corte Interamericana de Justicia de Costa Rica solicitando la libertad de los condenados..
En el mes de junio asistimos a la primera Audiencia ante la Corte en la cual se realizaron los alegatos en contra de la Excepciones Preliminares presentadas por el Estado Peruano.
A fines del mes de noviembre (25) tuvo lugar la Audiencia de prueba de testigos, a la cual asistieron en esa calidad dos abogados peruanos defensores de dos de los chilenos condenados y el abogado de FASIC H. Salazar quién depuso acerca de la crítica situación carcelaria a que se encuentran sometidos.
Se espera fallo.

C. Se ha presentado ante el Organismo de DD.HH. de la OEA una Denuncia contra el Estado del Perú por violación a las normas del debido proceso en el juzgamiento y condena a una larga pena de presidio de otros dos chilenos.
Se encuentra en plena tramitación.

ESTADO DEL BRASIL

Ante la negativa de las Autoridades Brasileñas de otorgar beneficios alternativos de libertad a cinco chilenos por el sólo hecho de ser extranjeros y no tener domicilio conocido en ese país, se presentó una Denuncia contra el Estado del Brasil ante la Comisión de DD.HH. de la OEA por violación del Principio de la No Discriminación que se encuentra establecido en la Convención Americana.
En el mes de noviembre estas personas iniciaron una huelga de hambre ante la negativa de otorgarles la expulsión.
Ante el grave deterioro de salud que experimentaron se le solicitó a la Comisión Interamericana una medida cautelar para proteger la vida de estos huelguistas. El organismo ordenó al Estado del Brasil que adoptara todas las medidas necesarias para preservar la vida de los chilenos y rindiera informes acerca de las medidas adoptadas.

 

IV. ESTADÍSTICAS

 

NIVEL NACIONAL



I.- CORTE SUPREMA:

A. APLICACION DE LA AMNISTIA

  • Acuña Reyes Roberto
  • Andronicos Antequera Jorge
  • Andronicos Antequera Juan Carlos
  • Gonzalez Manriquez Francisco
  • Eitel Contreras M. Teresa
  • Enriquez Espinoza Edgardo
  • Ejecutados De Paine
  • Lopez Stewart M.Cristina
  • Paredes Barrientos Eduardo
  • Zeide Gomez Eduardo
  • Uribe Tamblay Barbara
  • Van Jurick Erwin

B. APLICACION DE PRESCRIPCION

  • Martinez Hernandez M.Eugenia
  • Quiñones Lembach Marcos

C. SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO POR COSA JUZGADA

  • Martinez Quijon Albino

D. DEJA SIN EFECTO LA AMNISTÍA

  • 8 De Valparaiso (M. Isabel Gutierrez Y Otros)
  • "Desaparecidos De Paine (Pereira Salberg Y Otros)
  • Ortiz Moraga Jorge
  • Contreras Maluje Humberto
  • Poblete Cordova Pedro

E. DEJA SIN EFECTO COSA JUZGADA

  • Barrios Duque Alvaro

F. SOBRESEIMIENTO TEMPORAL

  • Desaparecidos De Paine.

G. REAPERTURA DE SUMARIO

  • Ortiz Moraga Jorge
  • 8 de Valparaiso
  • Contreras Maluje Hto.
  • Poblete Cordova Pedro
  • Barrios Duque Alvaro

H. PENDIENTE SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO POR AMNISTIA

  • Salas Riquelme J.
  • Vargas Fernandez Felix.

J. REVOCACION SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO

  • Matanza Vega Monumental Concepcion Año 1984 Sumario

I. CONTIENDAS DE COMPETENCIA

  • Cortes Joo Manuel Competente Justicia Ordinaria
  • Lagos Nilsson Gloria Competente Justicia Militar
  • Muñoz Andrade Leopoldo Competente Justicia Ordinaria
  • Perelman Ide J.Carlos Competente Justicia Ordinaria
  • Tapia Martinez Julio Competente Justicia Ordinaria
  • Arias Navarrete Hugolino Competente Justicia Ordinaria
  • Galvez Norambuena Victor Competente Justicia Ordinaria
  • Medina Letelier Nelson Competente Justicia Ordinaria
  • Bueno Carmen -Muller Jorge En Tramite

II. CORTE DE APELACIONES.

  • Cabezas Quijada Sergio Apelacion Sobreseimiento Por Cosa Juzgada.
  • Dorival Briceño Jorge Revocado Sobreseimiento Temporal (Sumario)
  • Gutierrez Artemio Apelacion Sobreimiento Por Amnistia
  • 5 Desaparecidos Sept. 87 Revocado Sobreseimiento Temporal
  • Gahona Chavez Alonso Apelacion Sobreimiento Definitivo Por Amnistia
  • Perez Vargas Mireya Consulta Sobreseimiento Temporal
  • Perez Vargas Renato Consulta Sobreseimiento Temporal
  • Fierro Santibañez Amador Consulta Sobreseimiento Temporal
  • Zuñiga Luis Apelacion Sobreseimiento Temporal
  • Rodriguez Pablo Apelacion Sobreseimiento Temporal
  • Desaparecidos De La Moneda Competente Justicia Militar
  •  

III CORTE MARCIAL

SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO POR AMNISTIA.

PENDIENTE APELACION.

  • Flores Perez Julio
  • Guajardo Zamorano Luis
  • Munita Castillo Patricio
  • Poupin Oissel Arsenio
  • Rivas Rachitoff Miguel
  • Tormen Mendez Sergio
  • Villalobos Diaz Manuel
  • Weibel Navarrete Ricardo
  • Van Schowen Bautista

CONFIRMADA AMNISTIA

  • Almonacid Luis
  • Robotham Bravo Jaime
  • Thauby Pacheco Claudio

 

OPERACION ALBANIA

ASESINATO DE 7 JOVENES (MILITANTES DEL F.P.M.R)
por un operativo de la C.N.I. año 1987.

ENERO-98
SE DEJA SIN EFECTO SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO

MARZO-98
SE NOMBRA MINISTRO EN VISITA CIVIL-CORTE MARCIAL

AGOSTO-98
DICTA 7 AUTOS DE PROCESAMIENTO (4 MIEMBROS DEL EJERC. 1 DE CARABINEROS Y DOS DETECTIVES.)

DICIEMBRE-98
2 AUTOS DE PROCESAMIENTO: (CORVALAN ALVARO MAYOR EJERC. Y VARGAS B.JORGE -TTE. EJERC)

 

QUERELLAS PRESENTADAS EN EL PROCESO ROL Nº 2.182-98
CONTRA AUGUSTO. PINOCHET UGARTE

MINISTRO INSTRUCTOR JUAN GUZMAN
CORTE DE APELACIONES SANTIAGO.


1. QUERELLA POR GENOCIDIO U HOMICIDIOS MULTIPLES CALIFICADOS, SECUESTROS, ASOCIACION ILICITA E INHUMACION ILEGAL.
Querellante Gladys Marin enero de 1998

2 QUERELLA POR HOMICIDIOS CALIFICADOS.
Querellante: Graciela Alvarez enero de 1998

3. QUERELLA POR SECUESTROS REITERADOS Y TORTURAS, SEGUIDOS DE DESAPARECIMIENTO DE LAS VICTIMAS Y EN OTROS CASOS DE HOMICIDIOS MULTIPLES.
Querellante: Sola Sierra. en representación de la A.F.D.D. marzo de 1998-

4. QUERELLA POR GENOCIDIO, HOMICIDIO, SECUESTRO, INHUMACION ILEGAL, TORTURA.
Querellante: Maria A. Cocha. Marzo de 1998.

5. AMPLIACION DE QUERELLA POR LOS DELITOS DE SEUESTRO, TORTURA Y OTROS.
Querellante: G.Marin en representacion del P. Comunista- abril de 1998

6. QUERELLA POR HOMICIDIOS MULTIPLES CALIFICADOS, INHUMACION ILEGAL.
Querellante: Jorge Pavez en representación del Colegio de Profesores de Chile – abril de 1998

7. QUERELLA POR HOMICIDIOS CALIFICADOS:
Querellante: Agrupación de Familiares Ejecutados Políticos de Calama- junio de 1998.

8. QUERELLA POR HOMICIDIO CALIFICADO E INHUMACION ILEGAL.
Querellante: Jinny Arancibia, adhiere Partido Socialista. Agosto de 1998

9. QUERELLA POR HOMICIDIOS MULTIPLES CALIFICADOS, SECUESTRO, ASOCIACION ILICITA E INHUMACION ILEGAL.
Querellante: CONTRAMET .septiembre de 1998

10. QUERELLA POR HOMICIDIOS CALIFICADOS Y SECUESTRO.
Querellante: Colegio de Enfermeras de Chile- septiembre de 1998

11. QUERELLA POR HOMICIDIO CALIFICADO.
Querellante: Miguel Nash –septiembre de 1998

12. QUERELLA POR HOMICIDIO CALIFICADO (Ricardo Garcia Posadas).
Querellante: Rolly Baltianki - octubre de 1998.

13. QUERELLA POR ARRESTO, DETENCION ILEGAL, TORTURA, SECUESTRO, HOMICIDIOS CALIFICADOS.
Querellante: Colegio de Periodistas de Chile. Noviembre de 1998.

14. QUERELLA HOMICIDIO CALIFICADO (M.Arguelles Toro).
Querellante: Violeta Berríos. Noviembre de 1998.

15. DENUNCIA CRIMINAL POR DELITO DE SECUESTRO (Victor Jerez M.)
Querellante: María mejias- noviembre de 1998.

16. QUERELLA HOMICIDIO CALIFICADO, TORTURAS, DETENCION ILEGAL. (Carlos Alcayaga varela. La Serena)
Querellante: Uriana Alcayaga. Noviembre de 1998

17. QUERELLA HOMICIDIOS CALIFICADOS, SECUESTRO, ASOCIACION ILICITA.
Querellante: Federación Metropolitana de Uniones Comunales de Juntas de Vecinos. Diciembre de 1998


Querellas declaradas inadmisibles

  • 1. Homicidio de 3 profesionales Comunistas. marzo 98- pendiente apelación.
  • 2. Homicidio abogado H.Cabezas

 

NIVEL INTERNACIONAL

NOMINA DE DENUNCIAS POR DENEGACION DE JUSTICIA
EN CASO DE DETENIDOS DESAPARECIDOS Y EJECUTADOS

A.-EN TRAMITE ANTE COMISION INTERAMERICANA DE DD.HH. DE LA OEA.

ROL

  • Avalos Davidson Alejandro
  • Carrasco Matus Carlos 11.871
  • Catalan Lincoleo Samuel 11.771
  • Enriquez Espinoza Edgardo
  • Guendelman Wisniak Luis 11.871
  • Huaiquiñir Benavides Joel 11.595
  • Inhumacion Ilegal La Serena
  • Lopez Stewart M. Cristina
  • Martinez Hernandez M.Eugenia
    Martinez Quijon Albino 12.017
  • Operacion Albania 11.659
  • Toro Bravo Nicomedes 11.746
  • Zeide Gomez Eduardo

**La Comisión Interamericana en su 93º y 98º Periodo Ordinario de Sesiones ha emitido dos INFORMES los que llevan los Nª 34-96 y 25-98 publicados en Octubre de 1996, y Marzo de 1998 referido a la ilegitimidad de la aplicación por el Estado de Chile de la Ley de Amnistía en casos de Detenidos desparecidos y Ejecuatados (El primero recayó en 4 casos y el segundo en 21 casos)

B.- ANTE EL COMITE DE DERECHOS HUMANOS DE NACIONES UNIDAS

ROL

  • Alvarado Borguel M. Ines
  • Carrasco Vasquez José 746-97
  • Caso Chihuio (17 Ejecutados) 716-96
  • Elgueta Pinto Martin
  • Fuentes Rodriguez Humberto
  • Gutierrez Rivas Luis
  • Menanteau Aceituno Humberto 746-97
  • Perez Vargas Dagoberto
  • Valdivia Vasquez Miguel A.
  • Valdivia Vasquez Segundo
  • Valdivia Vasquez Victor

A. Denuncia contra el Estado del Perú

CASO Nº 11.319
1. por violacion a la Convención Americana en el Juzgamiento y Condena de CUATRO (4) Chilenos actualmente en trámite ante Corte Interamericana de San José de Costa Rica.

CASO Nº 11.785
2. por violación a la Convención Americana en el Juzgamiento y condena de DOS (2) Chilenos. Se encuentra en trámite ante la Comisión Interamericana.

B. Denuncia contra el Estado del Brasil

CASO Nº 12.002
1. por violación de la Convención Americana al no respetar el Principio de la No Discriminación en la situación de CINCO (5) Chilenos encarcelados.

 

Santiago, diciembre de 1998.