Creer que un proyecto de ley va a despenalizar los delitos contra la propiedad es simplemente absurdo y va contra la razón. La propiedad es un bien jurídico suficientemente protegido por diversos tipos penales, el robo en todas sus variables, el hurto, las decfraudaciones, el daño, el incendio. El problema con el pueblo mapuche es que sus acciones reivindicativas han sido tratadas judicialmente como terroristas, calificación jurídica que ha sido cuestionada internacionalmente. El caso Poluco Pidenco ha tenido un tratamiento judicial distinto con consecuencias para los acusados también distintas: unos fueron condenados como terroristas y otros fueron condenados por un delito común de incendio. Esta situación es la que motiva la protesta pacífica al estilo de Mahatma Ghandi de Patricia Troncoso, que lleva más de 88 días en huelga de hambre. Calificar de subversivo al pueblo mapuche constituye una estigmatización racista que se contradice con los valores y principios de la igualdad y de la dignidad humana.
Desde la época indiana, bajo la dominación española, el pueblo mapuche ha sido requerido de sumisión a otras formas culturales, antes fue con el requerimiento de Juan López de Palacios Rubio, hoy bajo las fórmulas jurídicas del requerimiento por la ley antiterrorista. Ni antes ni ahora, se ha tenido en consideración la cultura diferente del pueblo mapuche. El Acta de Proclamación de nuestra independencia señala: "La resistencia del débil contra el fuerte imprime un carácter sacrílego a sus pretensiones, y no hace más que desacreditar la justicia en que se fundan". La actitud noble de la Iglesia, ahora del lado del pueblo indígena, es el reflejo de una mirada humanista de la convivencia humana, una mirada ausente que no advertimos en quienes tienen en su manos las responsabilidades de Estado.
Alberto Espinoza Pino, abogado equipo jurídico FASIC