| 25 de Junio de 2002 El Ministro Guzmán aplicó la eximente de responsabilidad penal del Art. 10º Nº10 del Código Penal "al que obre en cumplimiento de un deber, o en ejercicio legítimo de un derecho autoridad, oficio o cargo" (obediencia debida) a los ex cadetes de la Marina: Javier Vera, Rodolfo Mondión; Cristian Bórquez y Julio Vera, por el secuestro y desaparición de 4 habitantes del Lago Ranco. El teniente Rivera Basso les ordenó disparar contra esas 4 personas a bordo del vapor Laja. El Juez dispuso la orden de detención, e ingresó a la Base de telecomunicaciones de la Armada en Santiago para ver al Reo Rivera y que sea prontuariado. Los querellantes apelaron de la decisión de aplicar la obediencia debida. |