2.- Comunicar al Gobierno y a los distintos órganos del Estado opinión respecto de las situaciones relativas a los derechos humanos.
3.- Proponer las medidas que estime deban adoptarse para favorecer la protección y la promoción de los derechos humanos.
4.- Promover que la legislación, los reglamentos y las prácticas nacionales se armonicen con los tratados internacionales de derechos humanos.
5.- Deducir acciones legales ante los tribunales de justicia, en el ámbito de su competencia, por hechos que revistan carácter de crímenes de genocidio, de lesa humanidad o de guerra, tortura, desaparición forzada de personas, tráfico ilícito de migrantes o trata de personas.
6.- Custodiar y guardar en depósito los antecedentes reunidos por la Comisión Nacional de Verdad y Reconciliación, por la Corporación Nacional de Reparación y Reconciliación, el Programa de Derechos Humanos.
7.- Colaborar con el Ministerio de Relaciones Exteriores en la elaboración de los informes que el Estado deba presentar a los órganos y comités especializados de las Naciones Unidas y de la OEA.
8.- Cooperar con las Naciones Unidas, las instituciones regionales y las instituciones de otros países que sean competentes, en la promoción y protección de los derechos humanos.
9.- Difundir el conocimiento de los derechos humanos.
10.- Prestar su asesoría, en materias de su competencia, a organismos públicos y privados que lo soliciten.
11.- Mantener, debidamente actualizado, el registro de instituciones
Dirección Superior del Instituto
La Dirección Superior del Instituto corresponderá a un Consejo, integrado de la siguiente manera:
a) Dos consejeros designados por el Presidente de la República, quienes deberán ser de distintas regiones del país.
b) Dos consejeros designados por el Senado.
c) Dos consejeros designados por la Cámara de Diputados.
d) Un consejero designado por los decanos de las Facultades de Derecho de las universidades integrantes del Consejo de Rectores y de universidades autónomas
e) Cuatro consejeros designados en la forma que establezcan los estatutos, por las instituciones vinculadas a la defensa y promoción de los derechos humanos que gocen de personalidad jurídica vigente, inscritas en el registro respectivo que llevará el Instituto.
Comisiones internas de trabajo
Para el desarrollo de sus tareas, el Consejo podrá establecer comisiones internas de trabajo, que se encargarán de tareas o materias específicas que sean propias del Instituto. Cada comisión será presidida por un miembro del Consejo y se podrá invitar a participar de ellas a personas destacadas y de probada experiencia en la materia de que se trate.
Consejo Consultivo Nacional
Un Consejo Consultivo Nacional, en el que estarán representados los organismos sociales y académicos dedicados a la promoción y defensa de los derechos humanos y las libertades fundamentales, prestará su asesoría al Consejo en todas aquellas cuestiones de su competencia que requieran, para su adecuada resolución, del pronunciamiento de la sociedad civil.
Un reglamento interno, aprobado por los dos tercios del Consejo, establecerá su integración y determinará los casos y la forma en que se prestará dicha asesoría.
Pamela Pereira - Por el Senado.
Luis Hermosilla - Por el Senado.
Roberto Garretón - Por la Cámara de Diputados.
Miguel Luis Amunátegui - Por la Cámara de Diputados.
Claudio González ( FASIC) - Por la Sociedad Civi.l
Lorena Fries (Corporación Humanas) - Por la Sociedad Civil.
Sergio Fuenzalida - Por la Sociedad Civil.
Enrique Núñez (Ex Presos Políticos de la V Región) - Por la Sociedad Civil.
Eugenio Díaz - Por las Facultades de Derecho de las universidades integrantes del Consejo de Rectores y de universidades autónomas.
María Sepúlveda - Designada anteriormente por la ex- Presidenta de la República Michelle Bachelet.
Manuel Núñez - Designado por el Presidente de la República Sebatián Piñera.
